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La Sección Segunda del Concejo de Estado, no acepta recurso interpuesto por el Gobierno Nacional a Decreto que le daba facultades al Presidente para la regulación de los servicios publicos, así lo establece el documento emitido por el Alto Tribunal.
«el contenido normativo del decreto permite apreciar la existencia de ciertas restricciones frente a las cuales las comisiones de regulación quedarían vedadas para el ejercicio de las atribuciones que le han sido conferidas legalmente»
Asimismo complementa la Sala de lo Contencioso Administrativo del tribunal,
«las comisiones de regulación de los servicios públicos domiciliaros serán las encargadas de ejercer, de manera ordinaria, las funciones que se les fueron asignadas en las Leyes 142 y 143 de 1994″.
