POR: Miguel Ángel Gómez (Miguelann) Editor Jurídico de LANORMA.COM – Análisis e investigación–
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En la actualidad en Colombia y durante los próximos meses del año 2021 y 2022, hay un devastador movimiento en materia política por las elecciones que se aproximan para elegir a los miembros del Congreso, al Presidente y vicepresidente de la República; Por esta razón democrática, ha iniciado el impacto de entrar en vigencia la Ley de Garantías, que se tendría que habilitarse en las próximas semanas. Estoy de acuerdo por un lado con la ley de garantías la cual presiona a las Entidades Públicas para celebrar y firmar los contratos de prestación de servicios profesionales de personas naturales con profesiones liberales, por lo cual no se dilataría y extendería la realización y firma de los contratos hasta último momento.
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En efecto, la Plenaria del Senado, en votación, aprobó su suspensión, lo cual elimina el blindaje a la contratación pública, de cara a la temporada electoral que se avecina para el año 2022.
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¿Qué implicaciones tiene la ley de garantías?: Dada la influencia que tiene la contratación dentro los procesos electorales en Colombia, se expidió la Ley de Garantías, que impone unas restricciones a las autoridades locales, departamentales o nacionales para adelantar procesos de contratación, es decir, no pueden realizar contratos como adjudicar obras, aprobar el suministro de bienes o servicios” (Expresó Francisco Bernate – abogado). Debido a que con toda esta proliferación de contratos públicos estratégicamente los politiqueros lo toman como bandera política para ganar sus campañas regionales.
Así mismo, la Ley de Garantías es una normativa que busca garantizar la igualdad de condiciones en los procesos electorales del país, promueve el ejercicio transparente de los recursos públicos y establece restricciones y prohibiciones que deben ser acatadas por las entidades públicas, dicha ley empieza a regir a partir del 28 de enero del 2022.
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Las contrataciones que pueden realizarse dentro de los periodos de Ley de Garantías son muy pocos: contratos directos donde se demuestre una necesidad con la continuidad del servicio, por ejemplo, una Gobernación o un Alcaldía siempre necesitará un asistente legal o jurídico. Ese tipo de contratos sí están permitidos, (aclara el abogado Bernate).
Este ejercicio se repite en cada temporada de elecciones, con el fin de proteger las votaciones y que estas se realicen en un proceso transparente, sin influencias externas que hagan cambios en los resultados.
Se trata de buscar un equilibrio entre los competidores por los diferentes escaños, al Congreso o a la Presidencia, y sobre todo que la contratación no sea un factor determinante a la hora de las votaciones; no solo en elecciones al Congreso sino también cuando se realizan elecciones a Gobernación, Alcaldías y Consejos de las Entidades Territoriales.
Queda prohibido realizar contratos o convenios interadministrativos para la ejecución de recursos públicos. Se permite celebrar otro tipo de contratos mediante contratación directa.
Dentro de estas excepciones se encuentran las contrataciones directas para defensa y seguridad del Estado, crédito público, emergencias educativas, sanitarias o desastres, reconstrucción de vías e infraestructura y los que deban realizar las entidades sanitarias y hospitalarias y la contratación de urgencia manifiesta.
Sin embargo, la restricción continuará hasta que se elija el nuevo Presidente de la República, en consideración a que también está contenida en las restricciones de contratación de la Ley de Garantías para la elección del primer mandatario.
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Para el 29 de mayo de 2022, terminan las restricciones relacionadas con la elección presidencial. Si se define una segunda vuelta en la contienda por la presidencia, las restricciones se extenderán hasta el 19 de junio de 2022, fecha estimada para realizar los comicios. Igualmente, existen otras restricciones paralelas a las antes mencionadas, como por ejemplo la prohibición de inaugurar obras públicas durante los 4 meses anteriores a la contienda electoral.
Por otro lado, la Cámara de Representantes se sumó a la decisión adoptada por el Senado de la República y aprobó, con 98 votos a favor y 39 en contra, el artículo 125 del proyecto de Presupuesto General de la Nación para 2022, el cual pedía la suspensión de la Ley de Garantías.
Este artículo pretendía la suspensión del inciso primero del artículo 38 de la Ley 996 de 2005, con el objetivo de que las entidades del orden nacional y territorial pudieran celebrar convenios administrativos e interadministrativos para la ejecución de recursos públicos.
Este ha sido uno de los artículos más comentados del proyecto del presupuesto general 2022, generando reacciones negativas desde diferentes esferas de la política nacional y del país en general, que rechazaron la iniciativa por ser innecesaria de cara a los comicios que se celebrarán en 2022 en Colombia.
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Así pues, se quita la prohibición de celebrar contratos durante los meses anteriores a las contiendas electorales, bajo la premisa de que son necesarios todos los esfuerzos posibles para no frenar la reactivación económica tras el golpe de la pandemia.
Aunque la norma aprobada establece que los convenios que se suscriban acogiéndose a este cambio tendrán control especial por parte de la Contraloría General de la República, en cabeza de Carlos Felipe Córdoba, muchos sectores mostraron su descontento con lo aprobado por el Senado de la República en su sesión plenaria.
Uno de los primeros en señalar como improcedente la norma fue el propio Consejo Gremial Nacional, que antes de la discusión de este martes había solicitado la eliminación del artículo. Los empresarios señalaron que se debían mantener intactos los principios de la Ley de Garantías, con el propósito de que la contratación estatal y los recursos públicos se protejan en los ciclos electorales.
Así mismo reiteran la inconveniencia de modificar el régimen de Ley de garantías actual, y en tal sentido solicitan al Gobierno Nacional y al Congreso de la República que se elimine dicho artículo del proyecto de ley de Presupuesto General de la Nación, para mantener inalteradas las reglas de juego en materia electoral», señaló el gremio.
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Katherine Miranda, miembro de la Cámara de Representantes por la Alianza Verde, también se mostró en contra de la decisión y la calificó como “un golpe duro a nuestra frágil democracia y a la transparencia de las elecciones del próximo año”.
La politóloga también anunció que acudirán a la Corte Constitucional para que se caiga este artículo y “los recursos públicos, los impuestos de todos los colombianos no caigan en el bolsillo de los políticos corruptos en Colombia”.
Nota aclaratoria: A la fecha en que se escribe esta columna de opinión se demandó dicho artículo modificatorio, y se está a la espera a que la Corte Constitucional dé una solución a esta demanda de inconstitucionalidad y/o legalidad.