Con el liderazgo y trabajo que viene realizando en el legislativo, el congresista Juan Carlos Losada, trabajo ejecutado dentro de sus proyectos de ley que incluyó varias propuestas con el fin de endurecer los castigos a quienes cometen acciones en contra de la naturaleza por eso la Ley modificó y actualizó los delitos ambientales del Código Penal, creando delitos nuevos para sancionar la destrucción del medio ambiente y sus especies, como el Tráfico de Fauna, la Deforestación, la Apropiación Ilegal de Baldíos, entre otros, y creo la dirección especializada para los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente en la Fiscalía General de la Nación por eso les mostramos cuales son los temas a resaltar y beneficios de la ley.

  1. Ley esta enfocada en combatir los grandes grupos delincuenciales que se lucran en detrimento de la destrucción de la biodiversidad colombiana.

2. Se sanciona especialmente a quienes financian, suministran medios, facilitan o se benefician de la deforestación, la apropiación de baldíos y la invasión de arreas de especial importancia ecológica a través de otras personas.

3. La deforestación se sanciona cuando esta ocurre en una hectárea o mas de bosques naturales sin los permisos especiales o incumpliendo la Ley, no se sanciona en la propiedad privada.

4. La Caza Deportiva, así como la caza de especies en riesgo o en época de veda se sanciona.

5. La Caza y la Pesca de subsistencia están permitidas.

6. El tráfico de fauna es uno de los negocios ilegales mas dañinos y lucrativos a nivel mundial, es especialmente cruel con la fauna silvestre y por eso su relevancia para ser considerada delito.

7. El acaparamiento ilegal de tierras baldías de la nación es una practica ilícita igual de nociva al despojo de tierras y al lavado de activos, en favor de interés económicos de grupos ilegales o elites locales.

8. La ocupación de baldíos de la nación por parte de personas campesinas, indígenas o afrodescendientes con fines de subsistencia, habitación, trabajo o aprovechamiento no será delito.

9. El aleteo además de ser una conducta de maltrato animal se sancionará especialmente en los delitos de trafico de fauna y aprovechamiento ilícito de los recursos naturales.

10. Los jueces podrán tomar medidas cautelares como el decomiso de las especies, la clausura temporal de establecimientos o aquellas que considere pertinentes para evitar el daño al ambiente mientras sucede el proceso penal. La ley reconoce y protege por primera vez dentro del código penal a los arrecifes coralinos por su importancia ecosistémica marina.